¿Qué es?
Servicio destinado a aquellas personas que por su situación de convivencia y dificultades en su autonomía personal, precisen un sistema de comunicación continuo, que les permita permanecer en su domicilio habitual, previniendo su posible aislamiento, proporcionándoles apoyo y seguridad, así como la atención inmediata en situaciones de emergencia o crisis diversas.
El servicio de teleasistencia es un servicio de carácter social que basado en la utilización de tecnologías de comunicación (telefonía fija o móvil) hace posible recibir ayuda, en situaciones de urgencia, a cualquier hora, los 365 días del año.
¿Qué servicios presta?
- Apoyo inmediato a través de la línea telefónica a diversas demandas: angustia, soledad, accidentes domésticos, caídas, enfermedad.
- Movilización de recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, doméstica o social.
- Seguimiento permanente, mediante llamadas telefónicas periódicas.
- Agenda, para recordar al usuario datos importantes sobre toma de medicación, realización de gestiones, etc.
¿Cómo funciona?
- TELÉFONO: es un teléfono especial, como un supletorio de uso normal, pero más inteligente. No necesita que se marque ningún número, sólo que se apriete una tecla y ya está, no hace falta descolgar el auricular, la llamada se recibe en la central.
- MEDALLÓN/PULSERA: se lleva puesto siempre (en casa o en el patio). No necesita acercarse al teléfono, basta con apretar el medallón o pulsera y ya está, se recibe contestación inmediatamente.
- CENTRAL DE ATENCIÓN: espacio atendido por personal específicamente preparado, para dar respuesta adecuada a la demanda planteada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos, materiales, tanto públicos como privados.
El servicio de teleasistencia se complementa para aquellas personas que lo requieran con la introducción de otros dispositivos periféricos que contribuyen a mejorar la atención integral y la protección personal, tales como el amplificador de sonido, los detectores de caída, teléfonos especiales para déficit auditivo etc.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Este servicio va dirigido a personas de edad avanzada, con discapacidad o enfermedad, en situación de riesgo, que vivan solas o lo estén gran parte del día, o convivan con personas en situaciones similares. Los requisitos son:
- Vivir solo, o pasar parte del día solo, o convivir con personas en situación similar.
- Disponer de línea telefónica o estar en condiciones de instalarla.
- No padecer enfermedad mental (incluida demencia senil o alzheimer) o deficiencia que impida el uso adecuado del sistema.
- Estar empadronado en el municipio de Medina del Campo.
¿Tiene que realizar el usuario alguna aportación económica?
La prestación es GRATUITA PARA LA PERSONA USUARIA.
Documentación necesaria
- Solicitud de dependencia según modelo oficial
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria.
- Informe de salud emitido por el médico de cabecera en modelo normalizado y, en caso de que procediera, informes del médico especialista.
- Documento de autorización de contactos.
- Otra documentación, a determinar por el/la trabajadora social, atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso.
Normativa reguladora
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Ley 16/2010, de 20 de diciembre de Servicios Sociales de Castilla y León.
- LEY 3/2020, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.
- Orden FAM/423/2019 de 16 de abril, por la que se determina el contenido de la prestación pública de Teleasistencia en Castilla y León.
- Orden FAM/987/2020, de 22 de septiembre, por la que se modifica el contenido de la prestación pública de Teleasistencia en Castilla y León.